Álava deflactará un 2,5% el IRPF: ¿Cómo me afectará?

23 noviembre, 2023

La deflactación del IRPF es una subida de la cuantía en la que se aplica un tramo superior de pago de impuestos

Álava deflactará un 2,5% el IRPF en 2024. Una medida que permitirá compensar en parte la inflación y que se suma a otras dos deflactaciones realizadas en los últimos años. Pero, ¿qué significa exactamente la deflactación del 2,5% en el IRPF? Que la cuantía en la que pasas de pagar un porcentaje a otro subirá un 2,5%.

El IRPF es un impuesto progresivo, pero también escalonado. Sí, cuanto más ganas, mayor porcentaje pagas. Pero el paso de un porcentaje a otro no es lineal, va por tramos. Al deflactar el IRPF un 2,5%, aumentará un 2,5% la cuantía para llegar al siguiente tramo y, por tanto, pagar más. Los porcentajes de pago seguirán siendo los mismos.

¿Qué quiere decir esto? Que no todo el mundo notará esta deflactación, solo aquellos que hayan saltado de un tramo a otro por muy poco. Si tus ingresos han saltado al siguiente tramo por más de este 2,5%, te damos la enhorabuena por ese aumento. Aunque en este caso sí tendrás que pagar más porque la deflactación no te llegará. Pero si tus ingresos han pasado al siguiente tramo por menos del 2,5%, entonces no pagarás mayor porcentaje de impuestos.

Incluso, quienes vean congelados sus ingresos podrían notar un descenso en los impuestos que pagan por IRPF: si estaban por muy poco en un tramo superior, podrían bajar al tramo inferior.

“Esta medida permite corregir el efecto pernicioso que la inflación tiene en el pago de impuestos y además la medida viene acompañada de una actualización de deducciones personales” ha explicado Itziar Gonzalo.

Más deducciones

El IRPF para 2024 incluirá también exenciones en este impuesto a las ayudas de la política agraria comunitaria que se perciban en favor del clima y del medio ambiente, a las ayudas de
Euskadi Bono-Comercio/Euskadi Bono-Denda y a ayudas concedidas por el Gobierno Vasco para las familias con hijas o hijos.

La norma foral de medidas tributarias mantiene las deducciones sobre vehículos eléctricos e inversiones en puntos de recarga. De este modo las y los contribuyentes podrán deducir, de la cuota
íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el 15 % de las cantidades satisfechas para la instalación, en finca de su propiedad o en garaje comunitario, de puntos de recarga de vehículos eléctricos de su propiedad y uso para fines particulares. La base de la minoración tendrá un límite máximo de 15.000 euros.

Habrá una deducción para autónomos, que ya estaba vigente

La deducción por continuidad en el desarrollo de la actividad de autónomos y autónomas sigue vigente para el ejercicio 2024. La minoración asciende a 800 euros en el caso de los hombres y a 1.000 en el de las mujeres. Asimismo, se elimina el límite de edad de la deducción por inicio de actividad económica.

Asimismo, se ha modificado determinadas condiciones para poder practicar la deducción por participación en proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica. Así, se ha eliminado
el límite de la deducción para el contribuyente que participe en la financiación de proyectos desarrollados por micro o pequeñas empresas.

En esta línea, para la micro o pequeña empresa que realice un proyecto de investigación, desarrollo e innovación tecnológica se amplía el límite que le permite recibir financiación por la que se
genere una deducción hasta 1.000.000 €.