Álava aumenta al 21% el IVA de las bebidas azucaradas

2 marzo, 2021

Las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las vacunas y de los productos sanitarios para diagnóstico del coronavirus tributan al 0% de IVA

Álava ha adaptado la normativa foral a las modificaciones elaboradas por el Estado en materia de IVA, en los impuestos especiales y en el IAE. También lo ha hecho con el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y el Impuesto sobre Primas de Seguros.

Con efecto desde el 24 de diciembre de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2022, se aplicará el tipo del 0% de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las vacunas y de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro del coronavirus. También para su transporte, almacenamiento y distribución.

Asimismo, desde el 1 de enero de 2021, se incrementa el IVA a las bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos, que pasan a tributar al 21%.

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La cuota anual devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado de IVA disminuye un 20%, reducción que se eleva hasta el 35% para las actividades vinculadas al sector turístico, la hostelería y el comercio. Además, en el cálculo de la esta cuota no se computarán los días en los que estuvo declarado el estado de alarma, ni los días en los que la actividad económica se ha suspendido debido a las medidas adoptadas por las autoridades.

En los Impuestos Especiales y en relación con el Impuesto sobre la Electricidad, se introducen dos nuevas exenciones; se establece una reducción del 100% en la base imponible que será aplicable sobre la cantidad de energía suministrada o consumida en el transporte por ferrocarril y se determina que el tipo impositivo para determinados usos industriales.

Las actividades de comercialización de los suministros de electricidad y gas pasan a tener una clasificación específica, de la que carecían hasta ahora. Otras modificaciones afectan al Impuesto sobre Primas de Seguros que, con efecto desde 1 de enero de 2021, incrementa el tipo impositivo que pasa a ser de un tipo impositivo del 6% al 8%.

Por último, hasta el 31 de diciembre de 2021, los intereses de demora se mantienen en el 3,75%.