Así son las nuevas prestaciones municipales

10 julio, 2017

Las nuevas prestaciones municipales están destinadas a quienes no tienen acceso a otras ayudas o no se garantiza con ellas el bienestar

Las Prestaciones Municipales se han reorganizado en los últimos meses. Estas ayudas se conceden en situaciones puntuales y por causas extraordinarias, pero son el último apoyo que existe en la ciudad para quienes no tienen recursos.

En 2016 se concedieron 1.484 prestaciones municipales de distinto tipo, así como 1.579 ayudas de tarjeta de comida y 478 personas se beneficiaron de vale de comedor. A ello hay que sumar las 3.668 familias que pudieron subsistir gracias a las Ayudas de Emergencia Social.

Las prestaciones municipales son el último apoyo del Estado del Bienestar

Las prestaciones municipales se conceden siempre tras un análisis de los Servicios Sociales y son los servicios sociales quienes dictaminan si existe esta necesidad. Su duración es puntual, y no se prolonga en el tiempo.

En el análisis estudian también si esa unidad familiar podría tener derecho a otra retribución de alguna administración: Desempleo, Subsidio, Pensión, RGI o Ayudas a la Dependencia. Diferentes ayudas que existen en el Estado del Bienestar y que buscan evitar el desamparo de personas vulnerables.

Estas ayudas no municipales se conceden en función de requisitos de residencia, ingresos, derechos adquiridos o necesidad. Prestaciones que se tramitan en diferentes administraciones ajenas al Ayuntamiento: Bienestar Social, Seguridad Social, Lanbide o Sepe. Por eso los trabajadores municipales derivan a estas personas hacia dichas administraciones.

Pero en ocasiones hay personas que, pese a tener necesidad, no cumplen con los requisitos de estas ayudas. Existe una penúltima prestación extraordinaria: las Ayudas de Emergencia Social o AES. Tras esta ayuda están las Prestaciones Municipales, que complementan las otras prestaciones.

Las prestaciones municipales llegan a quienes no tienen acceso a otras ayudas

Las prestaciones municipales requieren de dos requisitos: empadronamiento de al menos seis meses y falta de recursos.

La familia expone la necesidad a los Servicios Sociales de Base, y es el Ayuntamiento el que valora la necesidad: "No respondemos a las demandas de ayuda: hacemos una valoración personal". Algunos casos se derivan a recursos de infancia o de personas mayores, en función de la situación. Todas las concesiones de ayudas se realizan con un apoyo previo, pero ni mucho menos todos los apoyos conllevan prestación económica: "El trabajador social decide qué prestación es la mejor en cada caso".

El proceso de los trabajadores sociales implica la intervención profesional, el acompañamiento, psicólogo, educadores de calle, en domicilio... "El objetivo de las Prestaciones y de toda la fase de acompañamiento es garantizar la autonomía de las personas", insisten desde el departamento de Asuntos Sociales

Desde Asuntos Sociales insisten en que es un proceso riguroso, con un reconocimiento amplio de las necesidades. Además desde 2016 los trabajadores sociales tienen acceso a los datos de Hacienda, padrón, Alokabide, Lanbide, Ifbs, Hacienda Foral y Tesorería de la Seguridad Social. Este cruce de datos tiene un doble objetivo: "Control anti fraude y simplifica la tramitación". La mayoría de cuestiones se resuelven en un mes, dado que se trata de cuestiones urgentes.

Las ayudas en pocos casos cubren el 100% de las necesidades, pero esto al mismo tiempo permite un mayor alcance de las ayudas, para poder llegar a más personas.

  • Necesidades básicas

Esta nueva prestación está dirigida a quienes no tienen acceso a RGI ni AES, generalmente por no cumplir al mínimo de dos años de padrón exigido o un año de residencia efectiva. Estas ayudas están destinadas a alimentación, higiene, vestido, calzado o gastos de farmacia hasta 60€/mes. Son ayudas puntuales, que como mucho se pueden prolongar hasta un año. Lo normal es que sean por periodos menores.

Estas ayudas van del 60% al 75% de la RGI: desde los 375€ para una persona a los 666€ para unidades familiares con hasta dos menores. Estas ayudas tienen un proceso de seguimiento continuo.

  • Tarjeta y comedor social

A estas ayudas se unen otras dos posibles prestaciones para alimentación y necesidades básicas. Por un lado está la tarjeta con la que se puede adquirir Alimentación e Higiene en los establecimientos de Eroski y Simply en Vitoria-Gasteiz. Una tarjeta acredita que una persona tiene esa necesidad y son ayudas de 175€ para una persona y de hasta 500€ el mes para 3 personas. Por último está el comedor social de Desamparados. Aquí no suelen acudir las familias, sino que se trata generalmente de personas solas. El precio es de 5,1€ la comida y 4,5€ la cena. Las ayudas del comedor no requieren un mínimo de padrón.

  • Prestaciones de vivienda

Las prestaciones de vivienda contemplan gastos básicos y gastos extraordinarios. En los gastos básicos están las fianzas de alquiler, el alquiler (un máximo de 250€/mes), la amortización (250€/mes) o el gasto energético (92,5€/mes). También se han creado ayudas extraordinarias para aquellas personas que puedan perder su casa o que corran riesgo de corte de luz. Se pueden conceder hasta 500€ para satisfacer deudas de gasto energético y 1.200€ para intentar evitar desahucios. Estas ayudas están sujetas a la valoración de los servicios sociales.

Además existen ayudas a Gastos Extraordinarios de vivienda, como la adaptación o reparación de necesidades básicas, y la instalación de mobiliario de primera necesidad y electrodomésticos de línea blanca. Aquí las ayudas son únicas y como máximo de 900€.

En este último caso siempre se tienen que justificar y se visita el domicilio para ver necesidad real. Se pide factura y dos presupuestos de los gastos de vivienda. Estas ayudas están abiertas a personas que tienen necesidades y no tienen recursos suficientes.

Estas ayudas también tienen un requisito adicional: la persona que las solicita o la unidad familiar deben llevar al menos un año independizados: "No se pueden utilizar como una ayuda a la emancipación".

  • Ayudas para la inserción

Estas ayudas están destinadas a facilitar la conciliación en la vida familiar y laboral. Se trata de contratar a personas que puedan cuidar de los niños o de un familiar enfermo mientras los cabezas de familia (padre y madre generalmente) trabajan o estudian, y si éstos no obtienen ingresos suficientes.

Existen otras ayudas similares por parte de distintas instituciones (incluso la gratuidad de las Haurreskolak), y en este caso se conceden únicamente cuando las personas no tiene acceso a esas otras ayudas. Es necesario probar que existe una relación laboral.

  • Gastos Funerarios

Cada año una funeraria se encarga del 'turno de oficio' en los entierros, y es el Ayuntamiento quien gestiona los costes del funeral cuando la unidad convivencial carece de recursos económicos. En este caso no se tramita una prestación, sino que el Ayuntamiento paga directamente a la funeraria.

  • Prestaciones sociosanitarias

Estas prestaciones son también puntuales, y están destinados a prótesis oculares (230€/persona y año), audífonos (500€), Prótesis y arreglos dentales (900€) y gastos farmacéuticos superiores a 60€.  Estos gastos deben quedar justificados.

  • Gastos personales

Existen también prestaciones puntuales con un importe de 900€/año por familia, para vestuario, lavandería o viajes por situaciones excepcionales. Todas estas prestaciones deben estar justificadas.