Los ciudadanos que trabajan con menores deben acreditar que no son delincuentes sexuales

8 marzo, 2016

Las empresas podrán solicitar el certificado para sus trabajadores

colegio cercaEl Registro Central de Delincuentes Sexuales ya está activo. Se trata de un mecanismo por el que todas las personas que trabajen con niños deberán solicitar un certificado que garantice que no han cometido ningún delito y no están por tanto en dicho registro. En dicho registro aparecerán quienes hayan sido condenados por haber cometido algún delito contra la libertad e indemnidad sexuales y trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluida la pornografía, con independencia de la edad de la víctima.

El registro está concebido para evitar que los condenados en firme por delitos sexuales realicen actividades, trabajos o labores de voluntariado en las que estén en contacto con menores.

La creación del Registro Central de Delincuentes Sexuales se deriva de la entrada en vigor de la Ley de Protección de la Infancia y la Adolescencia el pasado mes de agosto, ley que establecía un plazo máximo de seis meses para poner en marcha la medida que se ha hecho efectiva esta semana. De ahora en adelante, la persona que pretenda trabajar con menores deberá presentar un certificado que acredite que no está incluida en dicho registro.

  • ¿Cómo conseguir?

El certificado es gratuito y puede solicitarse por diferentes canales. En el caso de los trabajadores, pueden hacerlo de forma electrónica a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia; de forma presencial en los registros de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o en la subdelegación del Gobierno en Olaguibel.

Haciendo constar su número de móvil en la solicitud, el interesado recibirá por SMS un código seguro con el que descargar el certificado cuantas veces necesite desde la Sede electrónica del Ministerio de Justicia.

Las entidades en las que se va a trabajar con menores pueden solicitar el certificado negativo (para acreditar que se carece de antecedentes) de sus trabajadores de forma conjunta, previo consentimiento expreso de éstos.

Por su parte, las administraciones públicas pueden solicitar el certificado negativo, con autorización previa del trabajador, directamente a través de la Plataforma de Intermediación de Datos que gestiona el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. De este modo, se evitan desplazamientos y se agiliza su tramitación.

Los ciudadanos que opten por la solicitud telemática, deben disponer de un certificado digital de usuario válido (DNI electrónico, FNMT).

  • Ayuntamiento, diputación y asociaciones

En el caso del Ayuntamiento esto afectará al personal de las escuelas infantiles, la Academia Municipal de Folklore, el Conservatorio de Danza José Uruñuela, la Escuela de Música Luis Aramburu, así como a la plantilla de servicios como Infancia o Juventud. Igualmente, se aplicará el mismo principio de actuación con aquellas empresas que prestan servicios para el Ayuntamiento en los que hay contacto con menores. En el caso de la Diputación también se incluirá servicios como las colonias de Veranos y, en el caso de colegios, clubes y asociaciones también deberá presentarse.

Mientras no ha existido esta base de datos, la única posibilidad de verificar la no comisión de delitos sexuales era mediante un certificado de antecedentes penales. Esta práctica ha sido denunciada, por ejemplo, ante el Defensor del Pueblo por suponer una violación de derechos al revelar datos personales que nada tenían que ver con posibles antecedentes por abusos sexuales.