Clientes y comerciantes compartirán el coste de la subida del IVA

31 agosto, 2012

Un 30% no subirá los precios

El 31% de los comercios y establecimientos hosteleros adheridos a Gasteiz On no repercutirá a sus clientes la subida del IVA, mientras que el 62% asumirá una parte del incremento, según una encuesta realizada por la Asociación del Comercio Urbano de Vitoria-Gasteiz entre sus asociados. Según esta encuesta un 6% de los comerciantes aumentará los precios en la proporción de subida del citado impuesto.

El 98% de los establecimientos encuestados se verá afectado por la subida del IVA que, a partir de mañana, 1 de septiembre, y de acuerdo con la nueva normativa, pasará en algunos casos del 8 al 10% o al 21% y en otros del 18% al 21%. Solo el 2% podrá mantener el IVA superreducido en el 4%.

En el caso de los Urbanos, TUVISA no subirá el billete, mientras que el Tranvía sí subirá las tarifas. En el caso de los gimnasios, el IVA pasa del 8 al 21%, en gasolina subirá algo más de 3 céntimos por litro.

Los productos que suben (Fuente: La Vanguardia.com )

Tipo general (pasa del 18% al 21%)

· Tabaco y bebidas alcohólicas.
· Cosméticos.
· Locales de negocio.
· Entradas a corridas de toros.

Tipo general (del 8% al 21%)

· Flores y plantas
· Servicios funerarios.
· Hostelería, espectáculos o discotecas.
· La entrada a teatros, cines, espectáculos, conciertos o zoológicos.
· Servicios deportivos
· Asistencia sanitaria, dental y curas termales que no gocen de exención.
· Servicios de peluquería.
· Suministro y recepción de servicios de radiodifusión y televisión digital.

Tipo reducido (pasa del 8 al 10 %)

· Compresas, tampones y protegeslips.
· Sustancias o productos susceptibles de ser utilizados para la nutrición humana o animal.
· Fertilizantes, residuos orgánicos, correctores y enmiendas, herbicidas, plaguicidas, plásticos para cultivos y las bolsas de papel para la protección de las frutas antes de su recolección.
· Aguas aptas para la alimentación humana o animal o para el riego, incluso en estado sólido.
· Medicamentos para uso animal, así como las sustancias susceptibles de ser utilizadas en su obtención.
· Gafas y lentillas.
.Productos sanitarios
· Servicios de hostelería, acampamiento y balneario, restaurantes y el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto.
· Limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos.
· Exposiciones y ferias de carácter comercial.
· La entrada a bibliotecas, archivos, museos o galerías de arte.
· Los arrendamientos con opción de compra de viviendas, incluidas un máximo de dos plazas de garaje, y anexos en ellos situados que se arrienden conjuntamente.

Mantienen un tipo del 4%

· Pan común, masa de pan común congelada y pan común congelado.
· Harinas panificables.
· Leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
· Quesos.
· Huevos.
· Frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales naturales.
· Libros, periódicos y revistas que no contengan única o fundamentalmente publicidad, así como los elementos complementarios que se entreguen conjuntamente con estos bienes mediante precio único (cintas magnetofónicas, discos, vídeos).
· Medicamentos para humanos y las sustancias y productos necesarios para su obtención.
· Prótesis e implantes internos para personas con minusvalía.
· Reparación de sillas de ruedas.
· Arrendamientos con opción de compra de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, incluidas dos plazas de garaje.