Vitoria podrá celebrar consultas ciudadanas si lo piden 10.000 personas
El Equipo de Gobierno Municipal ha presentado hoy el borrador del Reglamento de Consultas Ciudadanas. Esta propuesta de Reglamento de Consultas ciudadanas ha tomado como modelo el de Donostia. Se podrán formular consultas sobre aquellos temas en los que se recojan al menos 10.000 firmas. PUBLICIDAD - SIGUE LEYENDO ABAJO La propuesta de Reglamento de Consultas […]
El Equipo de Gobierno Municipal ha presentado hoy el borrador del Reglamento de Consultas Ciudadanas. Esta propuesta de Reglamento de Consultas ciudadanas ha tomado como modelo el de Donostia. Se podrán formular consultas sobre aquellos temas en los que se recojan al menos 10.000 firmas.
La propuesta de Reglamento de Consultas Ciudadanas para Gasteiz plantea varios aspectos clave para poder canalizar los procesos consultivos, como las personas legítimas para votar: las personas físicas mayores de 16 años y empadronadas en la ciudad en el momento de la convocatoria de la consulta.
Además, el borrador de reglamento defendido por Urtaran establece que la consulta se realizará mediante una o varias preguntas, formuladas de manera concisa y sencilla, de manera que la ciudadanía pueda comprender su alcance y responder afirmativamente o negativamente. También se contempla que en los casos que sea necesario y con carácter excepcional se puedan plantear distintas soluciones para emitir el voto sobre una de ellas.
Consulta el borrador de la propuesta
El reglamento presentado hoy plantea que el número de consultas que pueden realizarse cada año no será superior a 2, si bien en cada proceso se puede someter a consulta más de una iniciativa. Aunque en el artículo 11 se plantea que los resultados de las consultas ciudadanas no vinculan a los órganos municipales, el alcalde Urtaran ha reafirmado su compromiso por “respetar el resultado. No vamos a preguntar a la ciudadanía sólo para conocer su opinión, sino también para tenerla en cuenta”, ha explicado.
El reglamento recoge además cómo se debe presentar y aprobar, tanto las iniciativas institucionales, como las ciudadanas. Respecto a las iniciativas ciudadanas, estarán legitimadas para impulsar una consulta o bien una comisión promotora integrada por tres personas mayores de 18 años empadronadas en el municipio que no deben ser representantes políticos en ninguna institución pública, o bien una persona jurídica inscrita en el registro de entidades ciudadanas.
El articulado concreta además el plazo para la admisión de la iniciativa, el número de firmas necesarias (un mínimo de 5% de las personas empadronadas mayores de 16 años para las consultas de ámbito ciudad y un mínimo de un 8% para consultas territoriales), el plazo para la recogida de firmas y los mecanismo para la aprobación de la iniciativa ciudadana.
El texto articula también los procedimientos del proceso de consulta, los sistemas de convocatoria, votación, mesas de consulta, le recuento de votos, la proclamación de resultados y el posicionamiento del Ayuntamiento sobre el resultado.
Para garantizar la fiabilidad, transparencia y neutralidad de los procesos, el propio reglamento contempla un sistema de garantías, con la creación de una comisión de control.
Para cerrar ese reglamento consensuado, se propone mantener la mesa de trabajo de los diferentes grupos políticos que han trabajado en la concreción y aprobación del Plan de Participación Ciudadana. Además, el Ayuntamiento concretará los cauces para que también la ciudadanía pueda aportar.
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