¿Cuándo hay que llevar mascarilla en Euskadi?

17 septiembre, 2021

El LABI no modifica los casos en los que es obligatoria la mascarilla

El LABI mantiene la obligación de la mascarilla obligatoria en "entornos urbanos transitados". La mascarilla también es obligatoria siempre en entornos cerrados para mayores de 6 años. En locales hosteleros solo se podrá retirar la mascarilla en "el momento de la ingesta".

La mascarilla es obligatoria en exteriores cuando no se puedan mantener 1,5 metros de distancia respecto a un no conviviente.  Además, en las discotecas está permitido el baile con mascarilla.

Queda por ver si el decreto que entrará en vigor el 18 de septiembre permite también el deporte no profesional sin mascarilla, especialmente ahora que van a arrancar las competiciones deportivas de los escolares y jóvenes.

restricciones

Dónde será obligatoria la mascarilla

El decreto que ya está en vigor desde julio asegura literalmente: "La obligatoriedad del uso de la mascarilla se extiende a todo tipo de entornos urbanos transitados tales como cascos viejos, zonas comerciales y de tiendas, mercados, mercadillos, o áreas en que se encuentren establecimientos de hostelería, así como en todos los espacios y paseos marítimos, en parques infantiles, aceras, pasos de peatones, plazas o calles con concurrencia de personas. Queda exento su uso en el medio natural, siempre que no se produzca aglomeración o concurrencia con otras personas no convivientes".

En hostelería será obligatoria la mascarilla "salvo en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas". Salvo en ese momento, "su uso es obligatorio en todo momento y tanto en interiores como en las terrazas".

En el transporte privado será obligatoria si viajan no convivientes

El decreto también añade: "Es obligatorio e imprescindible el uso de las mascarillas para mayores de 6 años al utilizar cualquiera de los modos de transporte de viajeros indicados desde el inicio hasta la finalización del viaje, salvo en los supuestos legales de exención. No será exigible el uso de mascarillas en el transporte privado si las personas ocupantes conviven en el mismo domicilio. La persona profesional de transporte cuyo espacio de trabajo no esté separado del público en un habitáculo propio o acotado por mampara de protección, deberá igualmente portar mascarilla durante el servicio.”

Excepciones a la mascarilla

Puedes ir sin mascarilla "en espacios naturales, en entornos urbanos periféricos sin concurrencia de viandantes, en piscinas, en entrenamiento y competición de equipos inmersos en competición profesional o semi-profesional y en los momentos extraordinarios de actividad física intensa en exteriores".