El Juez Disciplinario de la ACB examinará la tángana de Miribilla
Las sanciones van desde un mes hasta los cuatro años
La Asociación de Clubes de Baloncesto ha expresado su más "enérgica" condena por los "lamentables" incidentes que tuvieron lugar ayer en el derbi entre Bilbao Basket y Laboral Kutxa con la monumental tángana que se originó entre las dos plantillas a falta de siete segundos para terminar el partido.
Además de condenar la multitudinaria trifulca sobre la pista de Miribilla la patronal de los clubes de baloncesto ha expresado hoy en un comunicado su apoyo al "juego limpio y la deportividad" como sustentos del baloncesto y la Liga Endesa.
Ha expresado su deseo de que este tipo de hechos sean algo "excepcional" y no puedan volver a repetirse este tipo de bochornosas imágenes ante los 9.993 espectadores presentes en el pabellón y los que siguieron la retransmisión por las cámaras de Teledeporte.
Proceso disciplinario y sanciones
Ante la "excepcionalidad" acontecida en el derbi de Miribilla la propia ACB ha recordado cual es su protocolo de actuación y el "proceso disciplinario" que para este tipo de situaciones lleva a cabo el Juez Disciplinario de competición Juan Ramón Montero.
La Federación Española de Baloncesto remite al Juez Disciplinario de la ACB el acta de todos los partidos y él es el encargado de "estudiar el contenido de las mismas y contempla si alguna acción merece la apertura de un expediente disciplinario".
Los clubes implicados pueden enviar alegaciones hasta hoy lunes hasta las 18 horas. Si lo estima oportuno, el Juez Disciplinario recaba toda la información necesaria para la toma de una resolución. El Juez Disciplinario toma una resolución, aunque no tiene un límite de tiempo para resolver sobre la infracción.
A la hora de catalogar y castigar hechos como los sucedidos ayer en Miribilla las infracción puede ser leves, apercibimiento o suspensión de hasta 1 mes o 1 ó 3 encuentros o multa hasta 600 euros.
Las consideradas graves aparejan suspensión de 1 mes a 2 años o de 4 partidos o más o multa de 600 a 3.000 euros y las muy graves acarrean una suspensión de 2 a 4 años y multa de 3.000 a 15.000 euros.
El Juez solo puede ejecutar una de las dos opciones como son la sanción económica o deportiva, salvo en el caso de las infracciones muy graves.
Los clubes, entrenadores o jugadores afectados por la resolución pueden presentar recurso en el plazo de 10 días hábiles ante el Comité de Apelación de la FEB, que debe resolverse en un plazo máximo de 30 días.
Una vez resuelto el recurso, los protagonistas afectados por la resolución del Comité de Apelación pueden formular un nuevo recurso al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).
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