Euskadi cede y permite café para llevar, pero "desaconseja" tomarlo en la calle
El Gobierno Vasco insiste en que no es aconsejable tomar el café en la calle
El Gobierno Vasco ha cedido a una de las reclamaciones de los hosteleros y permite de nuevo el café para llevar sin pedido previo ni necesidad de comida. La medida permite vender para llevar cualquier tipo de bebida no alcohólica. Así lo ha reflejado este martes, al modificar los criterios de interpretación. De esta forma la hostelería tiene una pequeña vía de ingresos en un momento complejo.
El alcohol, sin embargo, no entra en ese cambio de criterio. Solo se podrá despachar con cita previa y en un pedido de comida.
Muchos bares ya estaban sirviendo café para llevar sin necesidad de comida ni cita previa
El Gobierno Vasco autoriza la venta de café para llevar, pero es algo que ya estaban haciendo muchos bares. Incluso Policía Local y Ertzaintza hacían la vista gorda tras un primer día de avisos. Eran incluso algunos agentes los que consumían.
Eso sí, permite el café para llevar pero el Gobierno Vasco "desaconseja" su consumo en la calle. Desaconseja pero no prohíbe. "Sí podrán vender cafés o bebidas no alcohólicas para llevar, aunque no formen parte de un pedido de comida. En todo caso, se recuerda que su consumo en la vía pública está expresamente desaconsejado", asegura el Gobierno Vasco.
Los hosteleros reclaman otras medidas que no se pueden modificar si no hay antes un cambio en el decreto que lo regula. Es el caso de prolongar los pedidos más allá de las 21:00. Durante el confinamiento de primavera los pedidos se podían servir hasta la medianoche.
El Gobierno Vasco también ha anunciado que este jueves se abre el plazo para pedir las ayudas de entre 3.000 y 4.000 euros para bares, cafeterías, restaurantes y discotecas.
Equilibro en las medidas
¿Por qué abre la mano el Gobierno Vasco en el café para llevar? "La hostelería no es causante de la transmisión del virus. El causante es el comportamiento personal de interacción social continuado, relajado, sin distancia y sin mascarilla que muchas personas desarrollan en establecimientos hosteleros, y que tras muchas semanas ha persistido, y no se ha corregido".
El Gobierno Vasco insiste en que "es necesario un equilibrio entre el bien mayor de la salud pública y el menor mal posible. El objetivo de las medidas adoptadas es preservar la salud pública, evitar un confinamiento total y sus consecuencias socio-económicas, y cortocircuitar los principales focos de transmisión del virus: la movilidad, la interacción social y la agrupación de personas en contextos de relajación, cercanía y sin uso de mascarilla".
"Uno de los focos de mayor riesgo de transmisión comunitaria del virus es la interacción social y las agrupaciones de personas, especialmente si dan en contextos de relajación, sin uso de mascarilla y fuera del grupo de convivientes habituales. Estas circunstancias son recurrentes en el contexto de los servicios de hostelería".
- ¿Qué dice literalmente el Decreto?
"Se determina el cierre total para el servicio a las personas de los establecimientos y servicios de hostelería y restauración, con excepción de los comedores de hoteles y otros alojamientos para servicio de sus clientes alojados. Únicamente se podrá preparar y servir comidas a domicilio o recogida con cita previa hasta las 21:00 horas.
Quedan excluidos del cierre los servicios de restauración para personas en tránsito por carretera en gasolineras y áreas de servicio, en centros y servicios sanitarios, socio-sanitarios, los comedores escolares, laborales y de residencias universitarias, así como los servicios de comedor de carácter social.
Los establecimientos tipo panadería-pastelería que complementariamente ofrezcan servicio de cafetería, no podrán ofrecer este servicio, salvo para llevar”.
La interpretación
A continuación reproducimos exactamente los criterios del Gobierno Vasco. En estos criterios se ignora la posibilidad de que las estaciones de servicio sí pueden abrir, algo que recoge expresamente el decreto.
- ¿Puedo acudir a algún establecimiento hostelero?
Se determina el cierre total para el servicio a las personas de los establecimientos y servicios de hostelería y restauración, con excepción de los comedores de hoteles y otros alojamientos para servicio de sus clientes alojados. Únicamente se podrá preparar y servir comidas a domicilio o recogida con cita previa hasta las 21:00 horas.
- ¿Los restaurantes o bares pueden vender bebida o alcohol a domicilio o para recoger?
Podrán vender cualquier tipo de bebida o alcohol para llevar, si forma parte de un pedido de comida y mediante cita previa. No podrán vender sólo bebidas alcohólicas para llevar. Se recuerda que el Decreto prohibe expresamente el consumo de alcohol en la vía pública.
Sí podrán vender cafés o bebidas no alcohólicas para llevar, aunque no formen parte de un pedido de comida. En todo caso, se recuerda que su consumo en la vía pública está expresamente desaconsejado.
- ¿Qué bebidas pueden ofrecer los establecimientos tipo pastelería-panadería que complementariamente tiene un servicio de cafetería?
Estos establecimientos pueden servir café o bebidas no alcohólicas; siempre que sea para llevar. En todo caso, se recuerda que su consumo en la vía pública está expresamente desaconsejado.
No podrán vender bebidas alcohólicas para llevar. Se recuerda que el Decreto prohíbe expresamente el consumo de alcohol en la vía pública.
En el interior de estos establecimientos no se puede consumir ni bebida ni comida, ni productos de panadería o pastelería.
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