Inspección de Trabajo detecta numerosas irregularidades en Osakidetza
Osakidetza somete a los temporales a un "exceso de jornada", no cuenta con EPIs adecuadas y no realiza un análisis concreto del riesgo de covid-19
Osalan y la Inspección de Trabajo han reclamado a Osakidetza 20 medidas para mejorar la protección de su personal. Satse había reclamado varias medidas que ahora se deberán poner en marcha en un mes. Varias de estas medidas tienen su origen en la crisis sanitaria, pero otros problemas se prolongan desde hace años.
La Inspección exige que el personal disponga de 10 minutos para el aseo personal al finalizar la jornada y antes de la comida, además de una doble taquilla. También se pide adecuar la evaluación de riesgos y las medidas preventivas al personal que trabaja con formaldehido ya que es un agente cancerígeno.
"El riesgo por COVID 19 se ha valorado por los servicios de prevención del Ente Público a lo sumo como moderado para la plantilla, cuando se trata de una enfermedad de gran infectividad con un porcentaje de letalidad del 3,1% en Euskadi (dato acumulado del 24/10/2020)", destaca Satse.
El 16% de los positivos totales en Euskadi son de sanitarios
El 4,1% del personal de Osakidetza se ha infectado con coronavirus y que constituye el 16% de los positivos totales del País Vasco.
Entre las irregularidades constatadas por Osalan está el incumplimiento de la protección contra el riesgo biológico en general y contra la covid19 en particular. Además, la Inspección tras su investigación asegura que el Ente Público dispone de una deficiente evaluación del riesgo biológico, carente del rigor técnico mínimo exigido.
Entre otras irregularidades está el uso de mascarillas quirúrgicas como EPIs, la reutilización inadecuada de EPIs, la falta de descansos o medidas de higiene específicas.
Temporales
Además se considera que Osakidetza vulnera el derecho al descanso semanal de su personal temporal sometiéndole a un exceso de jornada. Este descanso "no llega a ser compensado con el descanso semanal ordinario ni con un régimen de descanso alternativo como prevé el acuerdo de condiciones de trabajo", considerando la inspección que "este personal está realizando horas extraordinarias encubiertas, que deberían cotizar como tales y que tampoco se está haciendo".
También denuncia que Osakidetza da de baja en la Seguridad Social al personal temporal durante los fines de semana/ festivos. Esto son interrupciones en la vida laboral por periodos de uno, dos o tres días, que en realidad corresponden al descanso semanal en el cual el personal temporal debería permanecer de alta en la Seguridad Social.
Medidas
Osalan y la Inspección de Trabajo han presentado una veintena de medidas que Osakidetza debe adoptar:
- Valorar el riesgo real de exposición de cada puesto de trabajo, teniendo en cuenta todas las condiciones del mismo.
- Revisar de manera integral todas las evaluaciones de riesgo biológico, incluyendo al covid19
- Determinar el carácter obligatorio o voluntario de la vigilancia de la salud y su periodicidad concreta
- Limitar el número de trabajadores expuestos y el tiempo de exposición.
- Informar y formar en prevención (no vale solo con enviar el protocolo)
- Instaurar 10 minutos para el aseo personal antes de las comidas y al abandonar el trabajo. (El lavado de manos no sustituye a los 10 minutos para el aseo integral antes de las comidas y al final de la jornada laboral, que son imperativos e ineludibles)
- Doble taquilla para separar la ropa de trabajo de la personal
- Procedimientos para la descontaminación de la ropa de trabajo
- Limitar el número de trabajadores expuestos, con grupos burbuja, zonas covid o grupos estables.
- Respetar estrictamente y de manera real y efectiva la jornada máxima diaria, la semanal, y los descansos, (diarios y entre jornadas y el descanso semanal y las vacaciones anuales) de todo el personal sea indefinido, fijo o temporal, no siendo válido sustituir ningún descanso por compensaciones económicas.
- Los desplazamientos al trabajo cuando se es requerido estando de guardia localizada deben ser reconocidos como tiempo de trabajo efectivo atendiendo a la doctrina comunitaria
- Suministrar EPIS necesarios y adecuados para prevenir el riesgo biológico velando por su uso efectivo y almacenamiento y renovación adecuada conforme a las instrucciones del fabricante
- En todos los EPIS deberá constar expresamente el tipo catalogación del mismo y la valoración de los riesgos asociados a su uso.
- Poner a disposición de la plantilla los manuales de instrucciones como mínimo en español
- Elaborar un plan en caso de desabastecimiento de EPIS o equipos de trabajo
- Disponer de un registro de personas a las que haya tenido que sustituir los equipos previstos y adecuados por otros que no ofrecen garantías preventivas. Y hacerles la correspondiente vigilancia de la salud
- La mascarilla FFP22 único equipo de protección individual adecuado y ffp3 en uso de aerosoles
- La mascarilla quirúrgica no es un EPI.
- Aunque el Covid19 está catalogado como agente biológico del grupo 2, a nivel comunitario ya se han adoptado las medidas legislativas para que sea catalogado en toda la UE en el grupo 3 a partir del 20 de noviembre de 2020.
- Todos los supuestos por ausencia de EPIS o por un uso inadecuado deberán ser registrados como exposición accidental.
- Ante nuevas situaciones de desabastecimiento que obligaran al uso de mascarillas quirúrgicas en sustitución de EPIS, al margen de las responsabilidades en que incurra Osakidetza, deberá elaborar un plan para reforzar las medidas preventivas y deberá registrar los casos individuales y nominalmente tratándolos a todos como una exposición accidental al riesgo biológico
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