Por dónde puedo circular con mi patinete eléctrico

7 enero, 2019

Hay varios tipos de patinetes eléctricos en función de su potencia

El patinete eléctrico ha sido uno de los regalos estrella de estas navidades. Un nuevo medio de desplazamiento que, sin embargo, no tiene regulación clara. La DGT ha anunciado que va a regular su uso y el Ayuntamiento también estudia una normativa transitoria que podría estar lista en febrero. Mientras esto llega ¿cómo deben circular los patinetes eléctricos?

La normativa limitará a 25 km/h el uso de los patinetes eléctricos, y también pretende adaptar el uso de algunos de años al de la bicicleta (fuera de las aceras y su desplazamiento por la calzada).

El problema es que no hay un sólo modelo de patinete eléctrico: algunos pueden alcanzar incluso velocidades similares a las de un ciclomotor (45 km/h), pero otros son simples juguetes. La DGT reflejará en una próxima normativa (que podría entrar en vigor en verano) cómo es cada vehículo, aunque existe ya una directiva de la UE que deja claros algunos de ellos, como los L1E (los más rápidos y potentes).

Lo que sí parece claro es que los patinetes eléctricos tendrán que abandonar las aceras. Estos vehículos tendrán que dejar paso a los peatones y deberán circular de manera similar a las bicicletas: por carriles bici o, en su defecto, la calzada. Si en Vitoria-Gasteiz se adapta su uso al de las bicis también podrán circular por aceras de más de 3 metros de ancho. Deberán hacerlo, en cualquier caso, a una velocidad similar a la de un peatón.

  • Tipos de patinete eléctrico:

Juguetes: son pequeños patinetes que alcanzan los 6 km/h. En este caso no se aplica ninguna normativa y pueden ser utilizados en cualquier lugar.

Vehículos movilidad eléctrica: pueden alcanzar hasta los 25 km/h y son los más habituales: pueden ser un monociclo, un hoverboard, un segway o un patinete con manillar. Se pretende que estos vehículos sólo puedan circular por los carriles bici y calles 30, pero no por aceras estrechas.

vehículos movilidad eléctrica

Vehículos movilidad eléctrica

L1E: están considerados como ciclomotores por la Unión Europea. Son vehículos de dos ruedas que pueden alcanzar los 45 km/h y solo deberían poder circular por la calzada. Hay dos variables: L1E-a (aquí se incluyen las bicicletas eléctricas con pedalada asistida) y L1E-b. Desde Bizikleteroak piden que sólo se permita a los vehículos L1E-a circular por las vías ciclistas y se obligue a los L1E-b a ir siempre por la calzada.

l1eB

Vehículo L1e b