¿Pueden entrar los perros en bares, restaurantes y autobuses?

9 julio, 2022

Cada establecimiento tendrá la última palabra sobre si deja entrar a perros

El Parlamento Vasco ha aprobado la nueva Ley de Protección de los Animales Domésticos. La normativa recoge las obligaciones que tienen los propietarios de los animales domésticos, pero también los derechos de las mascotas. La normativa obliga a los dueños a tener seguro de responsabilidad civil para los perros y regula otras cuestiones básicas que en Vitoria-Gasteiz ya estaban reguladas por la ordenanza municipal.

Pero además esta ley regula la presencia de las mascotas y animales domésticos en bares, restaurantes, autobuses, tranvía, hoteles o comercios. Una normativa muy similar a la que ya está en vigor desde hace una década en Vitoria-Gasteiz. La nueva norma del Parlamento Vasco asegura que "con carácter general" se permitirá el acceso de mascotas a los establecimientos, pero deja la decisión en manos de cada establecimiento.

perros bares restaurantes

Los animales podrán entrar, salvo prohibición expresa con un cartel en la puerta, en bares, comercios, hoteles y restaurantes

Según esta norma los establecimientos "permitirán el acceso de animales de compañía con carácter general, atados y controlados, a excepción de las zonas de fabricación, venta, almacenamiento, transporte y manipulación de alimentos". Es decir: la normativa establece que los animales no podrán entrar, por ejemplo, a supermercados o a cocinas, pero sí a unos grandes almacenes o a un comercio textil, por poner solo dos ejemplos. Y en el caso de los locales de hostelería, también podrán entrar salvo a las zonas de "fabricación, venta, almacenamiento, transporte y manipulación de alimentos".

"La decisión última sobre el acceso de mascotas dependerá del titular del establecimiento"

Eso sí, la normativa deja claro que un recinto o establecimiento puede impedir la presencia de animales domésticos: "En caso de que en un recinto o establecimiento no se admitan animales, dicha prohibición deberá indicarse expresamente mediante un distintivo visible desde el exterior del local", asegura la ley: "La decisión última sobre el permiso o prohibición de acceso corresponderá a la persona titular del establecimiento o medio de transporte, debiendo estar claramente señalada".

La ley asegura además: "Los animales de compañía cuando accedan a los transportes y establecimientos deberán reunir unas adecuadas condiciones higiénicosanitarias y observar las medidas de seguridad que se determinen por el propio establecimiento o medio de transporte, así como la legislación sectorial específica".

Atados salvo en zonas verdes

En Vitoria-Gasteiz la normativa actual ya recuerda que el perro debe ir siempre atado por la calle. Un perro puede estar suelto en Vitoria-Gasteiz únicamente en las zonas verdes. Pero hay varias excepciones. Los perros no podrán estar sueltos en el Parque de la Catedral, la zonas ajardinadas del Campus de la Universidad (salvo los jardines María de Maeztu), el parque del Prado, el parque de La Florida (incluido el Jardín Secreto del Agua), así como aquellas zonas incluidas en la Red Natura 2000: Salburua, Zadorra, Robledales Isla de la Llanada Alavesa y Montes Altos de Vitoria.

Tuvisa y tranvía

La legislación sobre animales de compañía en Tuvisa y Tranvía es muy distinta una de otra. Tuvisa solo permite animales que vayan en transportines de mano. Esta situación es idéntica para los buses ordinarios y para el BEi.

En el tranvía, sin embargo, sí puede viajar un animal atado, "siempre y cuando no resulte peligroso ni molesto por su forma, volumen, ruido u olor". Hay una excepción: no pueden ir en tranvía los "perros considerados peligrosos por la normativa y ordenanzas".

Obligaciones y prohibiciones sobre las mascotas

La nueva Ley de Protección de los Animales Domésticos también regula otras cuestiones. Varias de estas ya estaban reguladas con anterioridad en la ordenanza municipal, o en la nueva Ley aprobada en el Congreso de los Diputados.

Obligaciones de los dueños de las mascotas, según la normativa:

  • La prestación de los cuidados necesarios, garantizándoles la libertad de movimientos y evitando los sistemas de sujeción permanentes.
  • El control y la responsabilidad de los daños que ocasionen.
  • Procurar tratamientos veterinarios que necesiten de por vida.
  • Adoptar las medidas oportunas para evitar la reproducción incontrolada.
  • La identificación individual y registro de todos los perros y gatos.
  • La tenencia de un seguro de responsabilidad civil para todos los perros.
  • La acreditación de la documentación respecto a su identificación y propiedad

Prohibiciones hacia las mascotas:

  • El abandono de animales y el mantenimiento de los mismos en situaciones donde puedan peligrar su vida.
  • El sacrificio de animales que se encuentren en centro de recogida,
  • El comercio de animales de compañía fuera de los centros de cría debidamente autorizados.
  • La donación de animales como reclamo publicitario, sorteo, rifa, trueque, premio o recompensa.
  • La exhibición de animales vivos en escaparates comerciales.
  • Los espectáculos con animales, salvo los que posean sus propios reglamentos de desarrollo.
  • La puesta en libertad o introducción en el medio natural de ejemplares de cualquier animal distinto a los animales autóctonos silvestres.
  • Llevar animales atados a vehículos en marcha.
  • Manipular artificialmente a los animales.
  • Inducir, promover, participar u organizar peleas o actos violentos entre animales.
  • Eliminar cadáveres de animales de compañía domésticos.