4 años de cárcel para José Nereo, vicepresidente del Alavés con Piterman

24 mayo, 2024

Los tribunales condenan a José Nereo a pagar casi 3 millones de euros al Alavés, la cantidad que consideran que desfalcó

La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a José Nereo a 4 años y 3 meses de prisión “distraer fondos” del Alavés cuando él era vicepresidente con Piterman. Según la sentencia "distrajo fondos" o permitió que "terceros u otros miembros del Consejo de Administración" lo hicieran, causando un perjuicio económico "grave" al club de fútbol "por un total de 2.937.682,6 euros". Ahora los tribunales obligan a Nereo a devolver ese dinero al Alavés.

El juzgado considera que hubo un "delito continuado de apropiación indebida y un delito continuado societario, concurriendo la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas".

Por el delito continuado de apropiación indebida se le impone una pena de 2 años y 6 meses de prisión y una multa de 1.950 euros. Por el delito continuado societario se fija 1 año y 9 meses de cárcel, una multa de 2.250 euros y la inhabilitación especial para el cargo de administración en sociedades mercantiles durante 1 año y 9 meses.

En el juicio también estaba citado Dimitry Piterman, pero está en EEUU y no se presentó, por lo que se decretó un auto de rebeldía contra el ucraniano residente en EEUU.

Hechos probados

El tribunal considera que José Nereo se aprovechó de su cargo de vicepresidente para "obtener un enriquecimiento patrimonial ilícito". Esto causó un grave perjuicio económico al Alavés con diferentes cuestiones. Así, está probado que Nereó:

  • Pagó con fondos del Deportivo Alavés viajes y estancias en hotel, suyas y de terceros
  • Emitió facturas que no se correspondían a servicios prestados desde empresas a él vinculadas sin soporte contractual alguno que las justificase.

Al mismo tiempo, los tribunales aseguran que "desatendió sus obligaciones mercantiles relativas a la legalización de libros". También asegura que "no llevó de forma fiel la contabilidad obligatoria durante los ejercicios 2004-2005, 2005-2006 y parte de 2006-2007". Esta contabilidad fue irregular hasta el rescate del Alavés con un nuevo consejo ajeno a Piterman.

Es más, el juzgado asegura que José Nereo "falseó las cuentas anuales y la contabilidad de la sociedad durante esos ejercicios económicos. No reflejó la situación jurídica y económica de la entidad, lo que causó un grave perjuicio a los socios de la entidad deportiva", añade la resolución.

“No era un empleado más”

El tribunal niega que Nereo fuese un empleado más. Y es que el propio Nereo argumentó ante el juez: "No era más que un mandado”, porque el presidente “resolvía todo por su personalidad y yo no sabía nada de lo que sucedía en la sociedad ni a nivel económico ni mercantil”.

No se trataba de un empleado más”, rechaza el tribunal. Sostiene el juez que, lejos de ser un empleado más, Nereo "aportó el entramado de empresas que tenía para realizar supuestos contratos con la entidad deportiva".

Tenía el acusado una posición de "garante al formar parte del Consejo de Administración y ser un órgano de administración colegiado". Es más, los tribunales aseguran que "era necesaria su firma en la aprobación de las cuentas anuales de la sociedad, siendo una firma mancomunada", añade el tribunal.

La Sala precisa que en algunos hechos él intervino directamente y fue el “máximo beneficiario". Y en otros "dejó hacer", donde había "una responsabilidad por omisión"

El tribunal también recuerda que los administradores concursales han sido “claros” en el juicio: "Las cuentas no estaban correctas y no eran errores lo que se cometía, sino irregularidades”.

La Sala absuelve al procesado de tres delitos relativos al artículo 310 del Código Penal de los que estaba acusado y afirma que le sorprende que “se haya acudido a un delito contra la Agenda Tributaria o la Hacienda Foral cuando no está persona tal entidad en esta causa” y “tampoco se hace mención alguna en el relato de hechos probados propuestos por las acusaciones de una intencionalidad defraudatoria hacia la Agencia Tributaria” del procesado.

Dilaciones indebidas

El tribunal sí lamenta que hayan pasado 8 años de tramitación de las investigaciones, lo que le sirve precisamente a Nereo para beneficiarse de una atenuante por "dilaciones indebidas". Desde que se incoó el procedimiento en septiembre de 2013 y hasta que se ha dictado esta sentencia han transcurrido 11 años y explica que la instrucción “estuvo 8 años en trámite, lo que a la vista de la no complejidad de la investigación, se considera un periodo inadecuado”.

En concreto añade que existió una paralización en la fase de instrucción, fundamentalmente para la elaboración del auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado (27 meses), “lo que implica una prolongación indebida durante más de dos años de la tramitación”.

Por ello “cabe apreciar una dilación extraordinaria que justifica la apreciación de la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada, no teniendo justificación la excesiva duración del proceso a la vista de la materia analizada y las diligencias de investigación practicadas”, dice el tribunal.