La circulación de bicis por el centro estará prohibida en hora punta

27 enero, 2014

Este martes entra por fin en vigor la nueva ordenanza que regulará la circulación de las bicicletas por la ciudad. Una ordenanza que pone fin a meses de discusiones y debates, y que busca dar el impulso definitivo al uso de la bicicleta. La ordenanza, que establece ciertos derechos y obligaciones para las bicis, viene […]

Este martes entra por fin en vigor la nueva ordenanza que regulará la circulación de las bicicletas por la ciudad. Una ordenanza que pone fin a meses de discusiones y debates, y que busca dar el impulso definitivo al uso de la bicicleta. La ordenanza, que establece ciertos derechos y obligaciones para las bicis, viene además acompañada del decreto que se aprobará esta misma semana y que prohibirá circular en bici por el centro a ciertas horas.

Este mismo lunes la concejala Idoia Garmendia ha presentado dicho decreto en el Foro de Movilidad. Un decreto que impide la circulación de bicicletas entre las 11 y las 13:00 horas en horario de mañana, y las 17:30 y las 21 en horario de tarde (hasta las 22:00 en verano). Estas restricciones se han establecido tras comparar los estudios realizados en junio y noviembre, en los que se pudo apreciar que el mayor flujo de peatones en las zonas peatonales del centro se produce a esas horas.

La nueva ordenanza que entrará en vigor este mismo martes impide a los ciclistas circular por las aceras en general, salvo en algunas excepciones. Si la acera tiene más de tres metros libres de obstáculos, y siempre que en esa calle no exista un carril bici o una zona 30 o calle residencial, se podrá circular por ella, adaptándose a la velocidad de los peatones. Los menores de 14 años sí podrán seguir circulando por las aceras. "La circulación en bicicleta por espacios peatonales, en todo caso, estará condicionada a que no ponga en riesgo la calidad del espacio público ni el tránsito peatonal".


Ver Zonas prohibidas en un mapa más grande

bici-centroEn cuanto a las zonas peatonales, la circulación queda restringida en Plaza de España, Plaza de la Virgen Blanca, Lehendakari Aguirre, Estatuto de Gernika, General Loma, Plaza de los Celedones de Oro, Calle Postas (entre Paz y la Virgen Blanca), Independencia (Desde Fueros a la Plaza de los Celedones de Oro), San Prudencio, Plaza del Arca, Dato hasta Manuel Iradier, Calle Diputación, Siervas de Jesús, Plaza de la Provincia y Portal de Arriaga (entre Herrería y Cubo).

El Ayuntamiento quiere hacer coincidir este decreto con la entrada en vigor el martes de la Ordenanza de Bicicletas. Decreto que se ha efectuado de esta forma para facilitar su renovación o actualización en el caso de que alguna medida no sea considerada adecuada.

El consistorio ha presentado algunas alternativas para poder desplazarse a lo largo de la ciudad sin utilizar estas vías. Alternativas que, más allá de las zonas 30 ya existentes, en algunos casos irán acompañadas de algunas mejoras, como la adecuación del bidegorri de Olaguibel, el que se instalará en Sancho el Sabio o mejoras en la seguridad de algunos puntos ahora complicados para las bicis.

El Ayuntamiento también quiere hacer coincidir estas restricciones con las restricciones a la carga y descarga en las zonas peatonales, para evitar la incoherencia de prohibir la circulación de bicis pero al mismo tiempo permitir aceras invadidas de coches.

Restricciones generales

Los ciclistas también podrán circular sobre las vías del tranvía de la Calle General Álava. En cuanto al uso del resto de Carriles bus, no existe una autorización total, sino que será el Ayuntamiento quien establezca por qué carriles bus pueden circular las bicicletas. Una de las dudas está por ejemplo en la Calle Francia, y donde con la nueva ordenanza no podrán circular las bicis.

Calles 30

En cuanto a las Calles 30, la ordenanza establece que los vehículos a motor deberán adaptar su velocidad a la de la bicicleta y los ciclos, no permitiéndose los adelantamientos a las bicicletas, ciclos o vehículos para personas con movilidad reducida en el mismo carril de circulación, ni el hostigamiento por parte de las personas conductoras de vehículos a motor hacia las conductoras de bicicletas, ciclos o vehículos para personas con movilidad reducida. Además, para poder adelantar a un ciclista habrá que dejar una separación mínima de 1,5 metros. Además, los vehículos no podrán parar en ningún caso en las vías destinadas a las bicicletas, ni siquiera durante unos instantes.

En el supuesto de no existir aparcabicis libres, las bicicletas podrán ser amarradas a elementos del mobiliario urbano, siempre que con ello no se ocasione ningún daño al elemento de mobiliario urbano, no se vea alterada su función, ni se entorpezca el tránsito peatonal, la accesibilidad, ni la circulación de vehículos. Estará expresamente prohibido el amarre de las bicicletas a los árboles, jardineras, setos y otras partes de la vía destinadas al ornato de la ciudad.

En la calzada los ciclistas deberán circular preferentemente por la derecha. Además, al llegar a un semáforo podrán rebasar a los vehículos estacionados para ponerse en primera línea de circulación. Asimismo los ciclistas podrán circular en paralelo. Además hay que recordar que las bicis tendrán que llevar las luces puestas cuando circulen de noche.  

Por otra parte los monopatines y patines no podrán circular por la carretera, pero deberán hacerlo por la acera al mismo paso que un peatón.