El Ayuntamiento tiene obligación de tramitar todas las multas porque cumplen con la Ley de Tráfico
El pronto pago de estas multas impide el recurso administrativo, pero no veta un posible recurso judicial
El exceso de celo se mantiene estos días entre los agentes de la Policía Local de Vitoria-Gasteiz. Este jueves el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz aseguraba que tiene la obligación de tramitar todas las multas impuestas por los agentes de Policía Local.
Las multas se están realizando siempre ajustándose al cumplimiento de la Ley y el Código de Circulación, por lo que en este caso no existe delito alguno por parte de los agentes. Sí podría haber existido alguna falta en el caso contrario: cuando algún agente hubiese dejado de cumplir el código al no sancionar a ciudadanos que realizaban alguna conducta ilegal.
“En esta cuestión es imposible actuar de forma arbitraria. Tenemos una Ley de Tráfico y Seguridad Vial que establece claramente la obligación que la Administración tiene de incoar procedimiento sancionador al tener noticia de una infracción denunciada por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico. Invitar al Ayuntamiento a guardar en un cajón las denuncias es invitarlo a vulnerar la ley, algo que no podemos plantearnos”, señala la concejala de Hacienda, Itziar Gonzalo.
El pronto pago impide el recurso administrativo, pero no el judicial
Además de la obligación legal de tramitar desde los servicios de Hacienda aquellas denuncias formuladas por la Policía Local, el Ayuntamiento ha advertido de la imposibilidad de recurrir por vía administrativa una multa abonada voluntariamente.
“La misma Ley de Tráfico señala que realizar el pago voluntario de una multa, con la consiguiente reducción del 50% de la sanción por pronto-pago, implica una renuncia a formular alegaciones y da por cerrada la vía administrativa, terminando de este modo el procedimiento. No se pueden generar falsas expectativas recomendando llevar a cabo un pago voluntario porque ese mismo pago elimina toda posibilidad de recurrir posteriormente ante el Ayuntamiento”, añade Itziar Gonzalo
Aún así siempre existe la vía judicial, a través de la interposición de un recurso contencioso-admnistrativo.
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